LIMA - ENERO 2011.- JNE también precisa que agrupaciones políticas deben contar con el 5% de votos para participar en la repartición de escaños del Congreso.
Los peruanos residentes en el extranjero que no asistan a integrar la mesa de sufragio que se instalarán en sus países de residencia, se les impondrá una sanción monetaria de 64 dólares, anunció el Jurado Nacional de Elecciones. Un monto similar será aplicado a los electores que, en ausencia de los miembros de mesa titulares, se nieguen al desempeño del referido cargo, según la Resolución N° 013-2011-JNE, publicado en el diario oficial El Peruano.
La multa, equivalente al 5% de la UIT, está especificada en los artículos 250 y 251 de la Ley Orgánica de Elecciones y es cobrada coactivamente por el Jurado Nacional de Elecciones. Mientras, los peruanos en el extranjero que por algún motivo no acudan a las urnas a emitir su voto en los próximos comicios, no serán sancionados con multas a la omisión de sufragio.
Por otro lado, el ente electoral mediante Resolución N° 015-2011-JNE precisa que los partidos o alianzas políticas tendrán que haber alcanzado, al menos, siete representantes en más de una circunscripción electoral, o haber obtenido un mínimo del 5% de los votos válidos a nivel nacional para acceder al procedimiento de distribución de los 130 escaños del Congreso de la República.