LIMA - ENERO 2011.- JNE también precisa que agrupaciones políticas deben contar  con el 5% de votos para participar en la repartición de escaños del  Congreso.
Los peruanos residentes en el extranjero que no asistan a  integrar la mesa de sufragio que se instalarán en sus países de  residencia, se les impondrá una sanción monetaria de 64 dólares, anunció  el Jurado Nacional de Elecciones. Un monto similar será aplicado a los electores que, en ausencia  de los miembros de mesa titulares, se nieguen al desempeño del referido  cargo, según la Resolución N° 013-2011-JNE, publicado en el diario  oficial El Peruano.
La multa, equivalente al 5% de la UIT, está especificada en los  artículos 250 y 251 de la Ley Orgánica de Elecciones y es cobrada  coactivamente por el Jurado Nacional de Elecciones. Mientras, los peruanos en el extranjero que por algún motivo no  acudan a las urnas a emitir su voto en los próximos comicios, no serán  sancionados con multas a la omisión de sufragio.
Por otro lado, el ente electoral mediante Resolución N°  015-2011-JNE precisa que los partidos o alianzas políticas tendrán que  haber alcanzado, al menos, siete representantes en más de una  circunscripción electoral, o haber obtenido un mínimo del 5% de los  votos válidos a nivel nacional para acceder al procedimiento de  distribución de los 130 escaños del Congreso de la República.
 
